Nuevo Reglamento de Circulación desde el 1 de octubre de 2026: qué cambia para ciclistas, motoristas y patinetes.

Mañana entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación. Casco, guantes, multas de 200 € y seguro: revisa qué cambia y cómo protegerte.

Nuevo Reglamento General de Circulación desde el 1 de octubre de 2026: lo que debes saber antes de salir mañana

Imagina que mañana por la mañana sales en tu patinete, en tu bici o en tu moto como cualquier otro día. Sin darte cuenta, ya no cumples la norma. Un agente te para, te propone una multa de 200 € y, si además ocurre un accidente, descubres que tu seguro no cubre lo que creías.

Ese escenario es real para muchas personas desde mañana. El 1 de octubre de 2026 entra en vigor la mayor reforma del Reglamento General de Circulación en años. Te explicamos qué cambia, qué se aplaza a 2027 y cómo revisar tus coberturas.

¿Qué es el Real Decreto 518/2026 y por qué te afecta?

El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica el Reglamento General de Circulación y se publicó en el BOE el 26 de junio. La reforma tiene una idea central: proteger mejor a quienes tienen más probabilidades de resultar heridos. La DGT explica que la norma pasa de un enfoque centrado en la carretera y el vehículo a otro centrado en las personas y los entornos urbanos.

¿Quién es «usuario vulnerable» según la DGT?

Por primera vez, el Reglamento define al usuario vulnerable como quien, por el medio que utiliza o por las características físicas de su grupo de edad, tiene más riesgo de sufrir lesiones, o de que sean más graves, en un accidente. En la práctica hablamos de:

  • Peatones.
  • Ciclistas.
  • Motoristas.
  • Usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos.

La reforma añade además un nuevo Título VI con normas de circulación específicas en zonas urbanas.

¿Cuándo entra en vigor cada medida?

La DGT indica que el real decreto entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Quedan fuera el alumbrado obligatorio de los VMP y el casco homologado para usuarios de motocicletas, que se aplazan al 1 de octubre de 2027. Los guantes homologados dependen de una orden ministerial pendiente: hasta entonces valen los guantes de protección actuales.

MedidaCuándo se exige
Edad mínima de 15 años en VMP, casco y chaleco (VMP)1 octubre 2026
Casco para todos los ciclistas en vía interurbana1 octubre 2026
Guantes (vía interurbana) y calzado cerrado (todas las vías) en moto1 octubre 2026
Nuevas reglas de adelantamiento a ciclistas1 octubre 2026
Alumbrado obligatorio en VMP1 octubre 2027
Casco homologado en motos1 octubre 2027
Requisito técnico de guantes homologadosCuando se publique la orden ministerial

Alerta de actualidad: algunos medios han publicado fechas distintas para el casco de los VMP. Este artículo sigue la nota oficial de la DGT. Antes de circular, confirma siempre en dgt.es y en el BOE.

Patinetes eléctricos (VMP): ¿qué obligaciones tienes desde mañana?

¿Desde qué edad puedo conducir un patinete?

La reforma fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP. Hasta ahora, esa edad la marcaban las ordenanzas municipales y variaba de una ciudad a otra.

¿Es obligatorio el casco y el chaleco reflectante?

Según la DGT, los usuarios de VMP deben llevar casco de protección y chaleco reflectante de noche o con poca visibilidad. Los profesionales que circulan en VMP deben llevarlos en todo momento. Ambas obligaciones son infracción grave con multa de 200 €. Fuera de los núcleos urbanos, los VMP podrán circular por vías segregadas de los vehículos a motor, como los carriles bici.

Ciclistas: casco interurbano y nuevas reglas de adelantamiento

Desaparecen las exenciones del casco: todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas. Los ciclistas profesionales, los llamados riders, deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento, con multa de 200 € si no lo hacen.

¿A cuánta distancia debe adelantarme un coche?

En vía interurbana, quien adelante a un ciclista debe reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, debe cambiar completamente de carril y dejar 1,5 metros de separación lateral.

En ciudad, la DGT detalla tres cambios:

  • Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril.
  • Los vehículos a motor dejarán una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
  • En calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, y con señalización previa, el ayuntamiento podrá permitir la circulación de bicicletas en ambos sentidos.

Motoristas: guantes, calzado cerrado y circulación por el arcén

Conductores y pasajeros de motos y ciclomotores deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son infracciones graves con multa de 200 €.

También hay una novedad de movilidad: las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando haya congestión, sin superar los 30 km/h y solo en tramos previamente señalizados. No es una autorización general. Sin señalización, no está permitido.

Además, los cascos de los ciclomotores tendrán que estar homologados y no solo certificados, y los riders en moto deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.

Otras novedades: cinturón, nieve, carril de emergencia y ciudad

Cinturón de seguridad. Se suprimen las exenciones que tenían los conductores de taxi, de vehículos de mercancías y de vehículos de enseñanza de la conducción. Todos deberán llevarlo puesto siempre. Se mantiene una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales en servicio de urgencia.

Vehículos inmovilizados. Al rebasar un vehículo parado por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, hay que dejar 1,5 metros laterales y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite.

Nieve y retenciones. En autopistas y autovías con circulación dificultada por nieve, queda prohibido adelantar y se circula solo por el carril derecho. En las retenciones, los vehículos deben dejar un espacio central libre, el «carril de emergencia», para los servicios de emergencia.

Ciudad. En pasos de peatones con semáforo, como norma general no podrá coincidir el ámbar intermitente de los vehículos con el verde de los peatones. Se reconoce jurídicamente a los caminos escolares seguros y se regula el estacionamiento de las autocaravanas. Los peatones tendrán además prioridad de paso en cualquier punto de las zonas de plataforma única de calzada y acera.

¿Sabías que…? La reforma no cambia nada sobre la baliza V16 conectada, que sigue siendo el único dispositivo legal para señalizar un vehículo inmovilizado desde el 1 de enero de 2026.

¿Qué multas puedes recibir?

Según la DGT, todas estas conductas se consideran infracción grave con sanción económica de 200 €:

ConductaSanción indicada por la DGT
VMP sin casco o, en profesionales, sin chaleco200 €
Ciclista sin casco en vía interurbana / rider sin casco o chaleco200 €
Moto o ciclomotor sin guantes (interurbana) o sin calzado cerrado200 €
Rider en moto sin chaleco reflectante200 €

Recuerda que la orden ministerial de los guantes homologados sigue pendiente y que el alumbrado de VMP y el casco homologado de moto se exigen desde 2027.

¿Y el seguro? Qué cubre cada póliza y qué no

Este es el punto donde más dudas nos llegan como correduría. El Reglamento de Circulación regula cómo circulas, pero tu seguro decide quién paga si algo sale mal. Son dos capas distintas y conviene tener resueltas las dos.

¿Es obligatorio el seguro del patinete?

Sí, y ya lo era antes de esta reforma. La Ley 5/2025, de 24 de julio, modificó el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, y se publicó en el BOE de 25 de julio de 2025. El registro estatal de estos vehículos quedó operativo con el Real Decreto 52/2026, publicado el 30 de enero. Las fechas concretas de exigibilidad varían según el tipo de VMP y la fuente, así que consulta la sede electrónica de la DGT para tu caso.

La cobertura mínima señalada es de 6.450.000 € por siniestro en daños personales y de 1.300.000 € en daños materiales.

¿Mi seguro de hogar cubre el patinete?

Solo si la aseguradora confirma expresamente que cubre el VMP. Pide esa confirmación por escrito. Lo habitual es no darla por supuesta.

Ten presente esta diferencia: el seguro obligatorio de responsabilidad civil paga los daños que causas a terceros. No cubre tus propias lesiones. Para eso existen otras coberturas:

  • Seguro de accidentes personales.
  • Defensa jurídica, útil ante un siniestro discutido.
  • Coberturas específicas para ciclistas o riders profesionales.

En bicicletas convencionales no suele haber, con carácter general, un seguro obligatorio, pero la responsabilidad civil sigue existiendo. Si dañas a un peatón o a un coche, tu patrimonio responde.

Tres situaciones prácticas

Son ejemplos ilustrativos para entender la norma, no casos reales.

1. Un desplazamiento diario en patinete. Marta circula por la ciudad sin casco. Incumple la obligación y se expone a 200 €. Si además atropella a un peatón, su seguro de RC atiende al peatón, pero no cubre los daños de Marta. Para eso necesitaría un seguro de accidentes.

2. Un rider autónomo. Diego reparte en moto y no lleva chaleco reflectante. La sanción es de 200 €. Su actividad profesional exige revisar que su póliza contemple el uso comercial de la moto.

3. El adelantamiento de un ciclista. Un conductor adelanta a un ciclista en una vía de dos carriles por sentido sin cambiar completamente de carril. Incumple la nueva regla y, si hay accidente, esa conducta puede pesar en la discusión sobre quién es responsable.

¿Sabías que…? Los repartidores y profesionales que trabajen en moto, ciclomotor, bici o patinete deben llevar chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.

Próximos pasos

  1. Revisa tu equipamiento hoy: casco, chaleco, guantes y calzado cerrado según tu vehículo.
  2. Comprueba tu seguro: ¿tienes RC vigente? ¿Cubre el uso que haces del vehículo?
  3. Valora coberturas propias: accidentes personales y defensa jurídica.
  4. Si eres profesional del reparto, confirma que tu póliza admite el uso comercial.
  5. Guarda la fecha de 2027: alumbrado de VMP y casco homologado en moto.

En Cardos Seguros revisamos tus pólizas actuales, sin compromiso, y te decimos qué te falta y qué te sobra. Escríbenos o llámanos para una revisión personalizada en [tu ciudad].

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué día entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación?

El 1 de octubre de 2026, salvo el alumbrado de VMP y el casco homologado en motos, que se exigen desde el 1 de octubre de 2027.

2. ¿A partir de qué edad se puede conducir un patinete eléctrico?

A partir de los 15 años.

3. ¿Cuánto cuesta no llevar casco en patinete o bici?

La DGT sitúa la sanción en 200 € por infracción grave.

4. ¿Puedo ir por el arcén en moto durante un atasco?

Solo en tramos señalizados, por el arcén derecho y a un máximo de 30 km/h.

5. Si tengo un accidente en patinete, ¿mi seguro cubre mis lesiones?

El seguro obligatorio de RC cubre a terceros, no tus lesiones. Para las tuyas necesitas una cobertura de accidentes personales.

Conclusión

La reforma pone a las personas en el centro de la norma, y el seguro es la otra mitad de esa protección. Cumplir el Reglamento evita multas. Tener las coberturas adecuadas evita que un accidente se convierta en un problema económico serio. En Cardos Seguros, correduría de seguros, trabajamos todos los ramos y comparamos entre aseguradoras para encontrar lo que mejor encaja contigo.

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