Seguro colectivo vs. Seguro individual: por qué la empresa paga menos y el empleado recibe más. 2026

Un trabajador de tu plantilla recibe una oferta de otra empresa. El sueldo es parecido. La diferencia está en una línea del contrato: seguro de salud incluido. ¿Cuántas veces te has preguntado qué ofrece tu competencia que tú no ofreces?

Cada vez más pymes se hacen esa pregunta. Según el informe de WTW sobre el mercado asegurador, los seguros colectivos ya son el beneficio social más valorado por los empleados en España. Y no es solo cuestión de moda. En muchos casos, contratar una póliza para toda la plantilla es más económico que cubrir a cada persona por separado, y además tiene ventajas fiscales.

Ahora bien, el título de este artículo merece una precisión honesta. «La empresa paga menos y el empleado recibe más» suele cumplirse, pero no siempre, y depende de cómo se diseñe la póliza. En las próximas líneas te explico cuándo funciona, cuánto puede ahorrarse, qué dice la normativa y dónde están las trampas.

¿Qué es un seguro colectivo y en qué se diferencia de uno individual?

Un seguro individual protege a una persona. Un seguro colectivo es una única póliza que da cobertura de manera independiente a múltiples asegurados que forman parte de un mismo grupo. Piensa en una comunidad de vecinos: la póliza es una sola, pero cada vecino está protegido.

Quién es el tomador y quién el asegurado

En un seguro colectivo para empresas, el tomador es la empresa y los asegurados son sus empleados, con posibilidad de extender la cobertura a cónyuge e hijos. Esto tiene una consecuencia práctica: la empresa firma el contrato, paga la prima (total o parcialmente) y decide las condiciones. El empleado disfruta de la cobertura.

Colectivo cerrado y colectivo abierto

Hay dos modelos habituales:

  • Colectivo cerrado: la empresa contrata una póliza para todos sus empleados y se hace cargo del coste.
  • Colectivo abierto: lo contrata la empresa y cada trabajador es libre de suscribirlo o no. En este caso, el empleado suele pagar total o parcialmente su prima, pero con condiciones de grupo.

Existe además una fórmula intermedia: póliza compartida, donde empresa y trabajador pagan una parte.

¿Por qué el seguro colectivo suele costar menos?

Por una razón de volumen y de reparto del riesgo. Al agrupar a varios trabajadores bajo una misma póliza, las condiciones suelen ser más ventajosas que las de un seguro individual: primas más bajas, carencias reducidas y cuadros médicos más amplios.

¿Cuánto se ahorra? No hay una cifra única. Algunas aseguradoras mencionan ahorros aproximados de alrededor del 35% en salud colectivo frente a individual, según zona geográfica y edad de los asegurados, y descuentos de hasta un 20% en vida colectivo, según coberturas, características de los asegurados y actividad. Son cifras comerciales de aseguradoras, no garantías: tu caso concreto puede salir mejor o peor. Un corredor debe comparar presupuestos reales antes de prometer nada.

Qué influye en el precio: tamaño del grupo, edad y zona

  • Edad media de la plantilla. Un grupo joven suele tener una prima inferior.
  • Zona geográfica. El coste sanitario varía por provincias.
  • Tamaño del colectivo. A más asegurados, mayor capacidad de negociación.
  • Coberturas y copagos. Una póliza sin copagos cuesta más que una con copagos.

¿Cuántos empleados hacen falta para contratarlo?

La contratación de un seguro colectivo de salud suele estar condicionada a un número mínimo de trabajadores, que habitualmente ronda los 10. Este mínimo varía según la aseguradora. Si tu empresa es más pequeña, consulta con tu correduría: hay compañías que flexibilizan este requisito o ofrecen productos específicos para microempresas.

¿Sabías que…? Un colectivo de vida puede evitar los exámenes médicos que suelen exigirse en un seguro individual, según explican algunas aseguradoras.

Ventajas fiscales: lo que ahorra la empresa y lo que gana el empleado

Este es el punto donde más confusión existe. Vamos por partes.

Gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades

Cuando la empresa paga el seguro de salud de sus empleados, ese importe es deducible en el Impuesto sobre Sociedades. Es decir, se contabiliza como gasto de personal y reduce la base imponible. El ahorro real depende del tipo impositivo que corresponda a tu empresa, que puede variar según su tamaño y régimen.

Un detalle importante: para poder deducirlo debe ser la empresa quien pague el seguro.

Exención en IRPF: 500 euros por persona (1.500 con discapacidad)

Para el empleado, el seguro de enfermedad pagado por la empresa se considera retribución en especie. Pero la normativa prevé una exención. El artículo 42.3.c) de la Ley 35/2006 del IRPF establece que las primas no pueden exceder de 500 euros anuales por cada persona cubierta, o de 1.500 euros si es una persona con discapacidad.

Este límite es individual: cada familiar tiene su propio límite de 500 euros anuales. Si la prima supera esa cifra, el exceso tributa como retribución en especie.

Por el contrario, un seguro de salud contratado a título particular no es deducible en el IRPF. Esta es la ventaja real para el empleado: pasa de pagar la prima con dinero ya gravado a recibir ese beneficio exento hasta el límite.

Lo que casi nadie cuenta: la prima cotiza a la Seguridad Social

Aquí está la letra pequeña que muchos folletos omiten. Aunque la prima esté exenta de IRPF, la totalidad de la prima cotiza a la Seguridad Social. Esto significa que la empresa y el trabajador pagan cotizaciones sobre ese importe, y que el seguro de salud no reduce las cotizaciones como sí ocurre con otros conceptos.

No es un defecto, pero sí un matiz que conviene incluir en cualquier cálculo. Si alguien te promete un ahorro sin mencionar las cotizaciones, no te está dando la cifra completa.

Otro punto de atención: la retribución en especie debe estar pactada con el trabajador. Y si el empleado contrata la póliza por su cuenta y la empresa solo le reembolsa el importe, el tratamiento fiscal puede ser distinto y perder la exención. Revisa siempre el caso concreto con tu asesor fiscal.

Ejemplo práctico: pyme de 12 empleados

Imaginemos una gestoría con 12 trabajadores. Este ejemplo es ilustrativo y las cifras son hipotéticas, no un presupuesto real.

ConceptoOpción A: aumento de sueldoOpción B: seguro colectivo
Importe que decide la empresa400 € anuales por empleado400 € anuales de prima por empleado
Tratamiento para el empleadoTributa como salario en IRPF y cotizaExento en IRPF (por debajo de 500 €), pero cotiza a la Seguridad Social
Valor percibido por el empleadoReducido tras impuestosCobertura sanitaria que fuera costaría más
Tratamiento para la empresaGasto de personal deducibleGasto de personal deducible

La clave no es que la empresa gaste menos en términos absolutos. La clave es que con el mismo presupuesto, el empleado percibe más valor. Y cuando la comparación es entre pagar un seguro individual de forma particular o disfrutar del colectivo, el empleado puede acceder a una cobertura equivalente a un precio inferior.

Más allá de la salud: vida y accidentes colectivos

El seguro colectivo no se limita a la salud. Las pólizas de vida y accidentes también se contratan en grupo.

  • Vida colectivo: garantiza un capital a la familia en caso de fallecimiento del trabajador.
  • Accidentes colectivo: el tomador es la empresa y los asegurados son los empleados, con coberturas por fallecimiento o invalidez derivadas de accidente.

¿Tu convenio colectivo te obliga a asegurar a la plantilla?

Esta es una pregunta que muchos empresarios no se han hecho. La contratación obligatoria de un seguro colectivo de accidentes suele estar incluida en el convenio colectivo, aunque no ocurre siempre. Revisa el texto de tu convenio sectorial, o pide a tu correduría que lo haga. Si el convenio lo exige y no tienes póliza, puedes enfrentarte a reclamaciones de tus trabajadores.

¿Sabías que…? Si un empleado deja la empresa, puede solicitar convertir su seguro colectivo en una póliza individual, aunque normalmente a un precio más alto. El colectivo es un beneficio ligado a la relación laboral.

Tabla comparativa: colectivo vs. individual

AspectoSeguro individualSeguro colectivo de empresa
Quién contrataLa personaLa empresa (tomador)
PrecioTarifa individualSuele ser inferior, según el grupo
Carencias y preexistenciasHabitualesPueden reducirse o eliminarse, según negociación
Fiscalidad empleadoNo deducible en IRPFExento hasta 500 € por persona (1.500 € con discapacidad)
Fiscalidad empresaNo aplicaGasto deducible en Sociedades
Seguridad SocialNo aplicaLa prima cotiza íntegramente
Si dejas la empresaSigues con tu pólizaDebes convertirla, normalmente a mayor precio

Riesgos y letra pequeña: lo que debes revisar antes de contratar

Un seguro colectivo no es perfecto. Antes de firmar, comprueba estos puntos:

  1. Carencias, exclusiones y preexistencias. Un error habitual es no revisarlas. En colectivos suelen negociarse, pero no son automáticas.
  2. Copagos. Una prima baja con copagos altos puede salir peor al usar el servicio.
  3. Renovación. Las primas pueden revisarse anualmente según la siniestralidad del grupo.
  4. Cuadro médico. Comprueba que haya especialistas y centros en tu zona.
  5. Cotización y fiscalidad. Calcula el coste con cotizaciones, no solo con la prima.
  6. Pacto con el trabajador. Formaliza por escrito la retribución en especie.

Próximos pasos

  1. Cuenta cuántos empleados tienes y su edad media.
  2. Revisa tu convenio colectivo para ver si exige algún seguro.
  3. Decide el modelo: cerrado, abierto o compartido.
  4. Pide presupuestos comparados a varias aseguradoras a través de una correduría.
  5. Valida el tratamiento fiscal con tu gestor o asesor.

En Cardos Seguros analizamos tu plantilla, comparamos propuestas y te explicamos las condiciones sin letra pequeña. Escríbenos y te preparamos un estudio sin compromiso [datos de contacto].

Preguntas frecuentes

¿Un seguro colectivo es siempre más barato que uno individual?

No siempre. Suele serlo por el efecto del grupo, pero depende de la edad de los asegurados, la zona, las coberturas y el tamaño del colectivo. Lo recomendable es comparar presupuestos reales.

¿Puedo contratar un seguro colectivo si tengo pocos empleados?

Depende de la aseguradora. Muchas exigen un mínimo, que habitualmente ronda los 10 asegurados, aunque hay compañías con productos para empresas más pequeñas. Consulta con tu correduría.

¿Tributa el empleado por el seguro de salud que paga la empresa?

Está exento de IRPF hasta 500 euros anuales por persona asegurada (1.500 si hay discapacidad), conforme al artículo 42.3.c) de la Ley 35/2006. El exceso tributa como retribución en especie. Además, la prima cotiza a la Seguridad Social.

¿El seguro colectivo tiene carencias?

Puede tenerlas, pero suelen ser menores que en un seguro individual, y en ocasiones se eliminan. Es un punto negociable y debe constar por escrito en la póliza.

¿Qué pasa con mi seguro si dejo la empresa?

Puedes solicitar convertirlo en una póliza individual, normalmente a un precio superior, y dependerá de las condiciones de la aseguradora.

Conclusión

El seguro colectivo no es una fórmula mágica, pero bien diseñado ofrece una combinación difícil de igualar: precio de grupo, ventajas fiscales parciales y un beneficio social que los trabajadores valoran. La empresa deduce el gasto, el empleado accede a cobertura sanitaria exenta de IRPF hasta el límite legal, y ambos deben tener en cuenta la cotización a la Seguridad Social.

La clave está en el diseño. En Cardos Seguros, como correduría independiente, comparamos opciones y te acompañamos desde el estudio hasta la gestión diaria de la póliza.

Aviso legal: este artículo tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico. La normativa y los criterios administrativos pueden cambiar. Consulta con tu asesor fiscal y revisa tu convenio antes de tomar decisiones. Cardos Seguros es una correduría de seguros y no presta asesoramiento fiscal ni laboral.

Links:

Seguros para empresas

Seguros para Particulares

Políticas de privacidad

Contacto:

691 783 557

jose@martinezcardos.es

Calle Lope de Rueda 18, 2° B 28009. Madrid